A manera de resumen se enumeran
las disposiciones tributarias que entraron en vigencia el 01 de abril.
Ø
DS 004-2018-TR: Se incrementa la RMV a S/930.00
soles.
Ø
DS 155-2017: Nuevos emisores electrónicos. TODOS
Los
sujetos que se inscribieron en el mes de enero del 2018 y que al 01 de abril estén acogidos o tributando en
el RER, REMYPE o Régimen General del Impuesto a la Renta.
Ø
RS 071-2018: Incremento de las retenciones de
10% a 12% para los servicios de Intermediación
Laboral y Tercerización, Mantenimiento y Reparación de Bienes, Otros
servicios Empresariales y Demás servicios gravados con el IGV, cuyo nacimiento
de la obligación tributaria se produzca a partir del 01 de abril de 2018.
Ø
RS 082-2018: Incorporación al Anexo 2 de detracciones
gravadas con el IGV, por renuncia a la exoneración y al aceite de pescado. La
tasa de detracción para ambos bines es de 10%.
Ø
RS 091-2018: Nueva versión de la PLAME y PDT 601
versión 3.4
Ø
RS 092-2018: Eliminación del envió diario de
Retenciones y Percepciones a través del Programa de Envió de Información - PEI
Ø
Se establece el derecho de devolución automática
de impuestos pagados o retenidos en exceso a las personas naturales
En la aludida
Ley N° 30734 se dispone que la devolución del saldo a favor de los ejercicios
2017 y 2018 se efectuará a partir del 1 de abril de 2018, teniendo SUNAT el
plazo de treinta (30) días hábiles posteriores a dicha fecha para proceder con
la devolución.
Para los
ejercicios 2019 en adelante el saldo a favor por rentas de cuarta y/o quinta
categoría se hará efectivo a partir del 1 de febrero de 2018, y se deberá
efectuar dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a dicha fecha.
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