domingo, 22 de junio de 2014

Ejecutivo reducirá los costos de cumplimiento tributario


El Poder Ejecutivo envió al Congreso dos proyectos de ley para reactivar la economía peruana: la ley de Contrataciones del Estado y la ley que establecen medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país.
Las iniciativas están orientadas a reducir y simplificar el costo de cumplimiento tributario de los contribuyentes.





En ese contexto, la jefa de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat), Tania Quispe Mansilla, anunció ayer cuatro medidas para lograr ese objetivo.

La primera se refiere a la rebaja de la tasa de detracción de 12% a 10%, que liberará 1,800 millones de nuevos soles en beneficio de 170,000 contribuyentes que podrán contar, a partir de julio, con mayor liquidez en sus empresas para utilizarla en su actividad empresarial.

“Adicionalmente, evaluamos todos los productos afectos a las detracciones, a fin de quedarnos solo con las que son eficaces en el combate de la evasión. Eliminaremos del sistema aquellos bienes que no tuvieron el resultado esperado, a fin de dejar solo los más sensibles”, sostuvo.

Percepciones

La segunda medida, precisó, es la revisión del sistema de percepciones, que retira del mismo a aquellas personas naturales que realizan compras sin fin comercial, con lo cual se beneficiará a más de 300,000 contribuyentes.

La tercera tiene que ver con los procesos de cobranza coactiva. A partir de julio se eliminarán las costas y gastos procesales de las cobranzas coactivas, en beneficio de alrededor de 30,000 contribuyentes mensuales.

De igual forma, se propondrá la aprobación de una ley que extinga las costas y gastos ya generados por embargos efectuados. Esta iniciativa beneficiará a más de 400,000 contribuyentes.

“De manera similar, la Sunat dispuso que se levanten o reduzcan los embargos tributarios cuando estos excedan el monto de la deuda actual.”

Quispe comentó que la cuarta medida es la que permitirá a los inversionistas realizar consultas de naturaleza tributaria a la Sunat antes del inicio de sus operaciones, las cuales tendrán una respuesta vinculante de la entidad, de tal forma que se ofrecerá seguridad jurídica y predictibilidad a los capitales.

Refirió también que evitará la aplicación de normas antielusivas al definir con claridad el panorama tributario de las nuevas inversiones.

Seguridad tributaria

Las medidas de la Sunat reducirán de modo significativo los costos del cumplimiento tributario en beneficio de miles de contribuyentes, destacó el exjefe de esta entidad recaudadora Luis Arias Minaya. Precisó que la iniciativa dirigida a los inversionistas les permitirá realizar consultas tributarias a la Sunat antes de desembolsar sus capitales.

“Esto le dará predictibilidad al inversionista y generará mayor estabilidad jurídica, porque la respuesta que brinde la entidad será vinculante; es decir, otorgará seguridad tributaria”, resaltó.

Además, las otras propuestas tendrán efectos positivos en la ciudadanía.

Las microempresas tendrán mayor liquidez y capital de trabajo para sus operaciones.”

Asimismo, cuando el ciudadano compra materiales de construcción se le recarga un 2% adicional por percepción. “La iniciativa elimina este recargo, con lo que el comprador pagará un menor precio por producto”, puntualizó.

Datos

El Poder Ejecutivo envió al Congreso de la República el proyecto de ley que elimina la capitalización de intereses de las deudas tributarias contraídas por personas naturales y jurídicas entre 1998 y 2005, para lo cual tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de este año para acogerse a dicha actualización excepcional.


El Poder Ejecutivo propuso también la creación del fondo por un monto de hasta 600 millones de nuevos soles para financiar recursos de garantía e impulsar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (mipyme).
Fuente:
Diario El Peruano (20/06/2014)/ noticierodelcontador

sábado, 21 de junio de 2014

Corte Suprema no encarecerá costos laborales a empresas

La Corte Suprema (CS) precisó cuando corresponde el pago de remuneraciones devengadas (es decir, el sueldo que ordenado por el juez a depositar por el empleador) al declarar fundada una demanda de reposición de un trabajador (que es proporcional a la duración del juicio).

El criterio
De acuerdo a un reciente pronunciamiento de la C.S. (Cas. N° 8345-2013-La Libertad), las remuneraciones devengadas solo se pagarán en los casos de despido nulo expresamente detallados en la ley (despido por embarazo, afiliación sindical, discriminación y otros).
Y no así, en los casos definidos por el Tribunal Constitucional (TC) como despidos incausados (despido sin causa o justificación) o fraudulentos (despido con causas inventadas por la empresa).
En la práctica, explicó, el juez ordena, en lugar del pago de remuneraciones devengadas, una indemnización por el despido arbitrario (equivalente a ese pago) beneficiando al trabajador y la empresa.
El trabajador se beneficia ya que no pagará impuestos por esa indemnización; y la empresa tampoco adeudará aportaciones a la seguridad social, detalló Toyama.
Sin embargo, este precedente discrepa con un acuerdo anterior (ver otrosí) por lo cual sería conveniente que el Ejecutivo realice una precisión en la ley, opinó Toyama.
OTROSÍ DIGO
El primer Pleno Laboral. Acordó que los juzgados ordinarios laborales también resolverán los casos de despido incausado y fraudulento (aunque no estuvieran estipulados en la ley), por lo que para algunos laboralistas también deberían pronunciarse sobre el pago de remuneraciones devengadas.
Fuente: Diario Gestión Pág.: 14/aempresarial.com

viernes, 13 de junio de 2014

Recomiendan a las empresas efectuar auditorías laborales

Un sinceramiento en la contratación de personal a partir de una auditoria laboral, cumpliendo las normas sobre seguridad y salud en el trabajo, y revalorando la conciliación, recomiendan diversos laboralistas a las empresas como medidas inmediatas ante el nuevo escenario inspectivo que plantea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Sunafil: Considera temas sensibles:
   Ø  La desnaturalización de los contratos sujetos a modalidad
   Ø  La seguridad y salud en el trabajo
   Ø  La discriminación sindical
   Ø  El control de asistencia
   Ø  Horas extras
   Ø  La fiscalización por temporadas del pago de CTS
   Ø  Gratificaciones
   Ø  Utilidades

Recomienda:
ACCIONES
 ü  Evaluar las contingencias que pueden suscitarse a partir de contrataciones laborales incorrectas.
 ü  No utilizar la contratación temporal, esta modalidad solo puede emplearse ante un requerimiento           coyuntural.
 ü  No solo pide el cumplimiento de la formalidad del registro del contrato, sino también se demuestre el   motivo que lleva a la empresa a utilizarlo.
 ü  Empresas con plantas de procesamiento de productos deben capacitar a su personal sobre las medidas   que pueden adoptar y cuáles no para evitar contingencias laborales.
 ü  Las compañías con operaciones descentralizadas: efectúen auditorías sobre el cumplimiento de sus políticas  productivas empresariales para constatar si estas efectivamente se cumplen en sus oficinas descentralizadas.

SEGURIDAD Y SALUD
 ü  El empleador debe garantizar la seguridad y salud del trabajador.
 ü  Las empresas conozcan los factores de riesgo para sus trabajadores.

 ü  Promover un diálogo directo y horizontal con los dirigentes sindicales, y resolver los conflictos laborales  mediante la conciliación.

F  Fuente: Diario El Peruano / Publicado: 10/06/2014