miércoles, 11 de mayo de 2016

LOS TRÁMITES PARA LA DEVOLUCIÓN DE DETRACCIONES ESTÁN MÁS RAPIDAS

La administración fiscal modificó el procedimiento para que las solicitudes de liberación de fondos de las cuentas de detracciones sean atendidas en menor tiempo, simplificando los trámites y evitando intermediarios.

Antes, el plazo legal para la atención de estas solicitudes es de 45 días. Pero, ahora con el nuevo procedimiento implementado por la SUNAT estos pedidos se atenderán dentro de los cinco días siguientes al cierre del plazo de su presentación.

Como se sabe los fondos de las cuentas de detracciones que tengan durante tres meses consecutivos presenten un saldo favorable, luego de cancelar las deudas tributarias pueden ser de libre disponibilidad para el contribuyente.
Para solicitar esta liberación de fondos de detracción los contribuyentes disponen de los primeros cinco días de enero, abril, julio y octubre. En el caso de los Buenos Contribuyentes y los agentes de retención la opción para liberar los fondos es cada dos meses (enero, marzo, mayo, julio, setiembre y noviembre).
Par esto los titulares de estas cuentas deben presentar, a través de la página Web: www.sunat.gob.pe, la Solicitud de Liberación de Fondos (SLF) mediante “SUNAT Operaciones en Línea SOL” en los plazos citados.
Para que la Sunat apruebe la liberación de fondos, se debe cumplir con tres requisitos:
-       No tener deuda tributaria pendiente de pago
-       Debe estar en la condición de domicilio “habido”
-       Haber presentado las declaraciones juradas a las que esté obligado mensualmente.
Los solicitantes podrán señalar un número de cuenta en la que la SUNAT les depositará el monto.



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